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¿Te casaste por separación de bienes? Aun así podrías tener derecho a una parte del patrimonio de tu expareja mediante la compensacion economica

16 ago
8 min de lectura

Un caso que actualmente llevamos en el despacho nos ayuda a explicar qué es la compensación económica y por qué el trabajo en el hogar también puede tener valor al momento de un divorcio

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Hace poco llegó a nuestro despacho el caso de una mujer que se encuentra en proceso de divorcio después de varios años de matrimonio.

Por razones evidentes de privacidad, no mencionaré su nombre ni ningún dato que permita identificarla. Sin embargo, su caso me parece muy útil para explicar una situación que probablemente viven muchas personas y que genera bastante confusión cuando llega el momento de divorciarse.

Nuestra clienta se casó bajo el régimen de separación de bienes.

Durante el matrimonio tuvieron un hijo y, de acuerdo con lo que hemos planteado ante el Juzgado, ella se dedicó de manera importante al cuidado de su hijo y a las labores del hogar, mientras su esposo pudo desarrollar sus actividades económicas y formar patrimonio.

Cuando comenzó el divorcio apareció una pregunta fundamental:

Si se casaron por separación de bienes, ¿ella simplemente tiene que irse con lo que esté a su nombre?

La respuesta no es tan sencilla como parece.


“Separación de bienes significa que cada quien se queda con lo suyo”

Ésta es probablemente una de las frases que más escuchamos cuando hablamos de divorcio.

Y sí: cuando un matrimonio se celebra bajo separación de bienes, cada cónyuge conserva, en términos generales, la propiedad de sus propios bienes.

Eso significa que no existe una sociedad conyugal que, al terminar el matrimonio, deba simplemente repartirse entre ambos.

Hasta ahí parece bastante sencillo.

El problema aparece cuando observamos cómo funcionó realmente ese matrimonio durante diez, quince o veinte años.

Pensemos en una pareja en la que uno de los dos trabaja diariamente, desarrolla un negocio, adquiere bienes, ahorra y poco a poco construye un patrimonio.

Mientras eso sucede, la otra persona se encarga principalmente de la casa y de los hijos.

¿Ese trabajo no vale nada simplemente porque no aparece en una cuenta bancaria?

Por supuesto que no.

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El trabajo en casa también es trabajo

Cuidar a un hijo requiere tiempo.

Preparar alimentos requiere tiempo.

Llevarlo a la escuela, recogerlo, ayudarlo con sus tareas, atenderlo cuando está enfermo, llevarlo al médico, organizar sus actividades y estar pendiente de sus necesidades también requiere tiempo.

A eso debemos sumar las labores normales de una casa.

El problema es que ese trabajo tiene una característica muy particular:

normalmente nadie lo paga.

No existe una nómina por cuidar a tus propios hijos.

No existe un depósito quincenal por mantener funcionando una casa.

Tampoco existe una cuenta de ahorro en la que aparezca reflejado todo el tiempo que una persona dejó de dedicar a su profesión, empleo o negocio porque estaba atendiendo las necesidades de su familia.

Pero que no exista un salario no significa que ese trabajo no tenga valor.

Y eso es precisamente lo que comienza a ser importante cuando llega el divorcio.


Esto es lo que estamos discutiendo en el caso de nuestra clienta

En el asunto que actualmente llevamos, nuestra clienta sostiene que durante el matrimonio asumió principalmente las labores del hogar y el cuidado de su hijo.

Mientras tanto, su esposo tuvo mayores posibilidades de desarrollar actividades económicas y adquirir determinados derechos patrimoniales.

Por eso, además del divorcio y de las cuestiones relacionadas con su hijo, planteamos ante el Juzgado una compensación económica.

La contraparte no está de acuerdo con esa petición.

Y será precisamente dentro del juicio donde tendremos que demostrar si nuestra clienta reúne los requisitos para obtenerla.

Pero este caso permite explicar algo muy importante:

estar casado por separación de bienes no significa, automáticamente, que sea imposible reclamar una compensación económica al momento del divorcio.

De hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha desarrollado criterios muy importantes sobre este tema.


¿Qué es una compensación económica?

Voy a explicarlo sin complicaciones.

La compensación económica busca atender el desequilibrio que puede existir cuando termina un matrimonio y uno de los cónyuges se encuentra en una situación patrimonial considerablemente distinta porque durante la relación dedicó una parte importante de su tiempo al hogar y al cuidado de la familia.

No es un premio.

No es un castigo contra el otro cónyuge.

Y tampoco significa:

“Me divorcié, entonces me corresponde la mitad de todo lo que tiene mi esposo o mi esposa.”

No funciona así.

Lo que se analiza es qué ocurrió realmente durante el matrimonio.

Por ejemplo: quién se ocupaba principalmente de los hijos, quién realizaba las labores domésticas, si ambos trabajaban, cuánto tiempo podía dedicar cada uno a generar ingresos, qué posibilidades tuvieron de crecer profesionalmente y qué patrimonio logró formar cada uno.

La Primera Sala de la Suprema Corte ha explicado que la compensación económica tiene una finalidad resarcitoria, es decir, busca corregir, cuando se acredita, el desequilibrio patrimonial que pudo generarse por la manera en que se distribuyeron las responsabilidades dentro de la familia.


¿Y qué pasa si la persona que cuidaba la casa también trabajaba?

Ésta es otra pregunta muy importante.

Imaginemos que una mujer cuidaba a sus hijos, atendía la casa y además vendía productos, tenía un pequeño negocio o realizaba alguna actividad que le generaba ingresos.

¿Eso significa automáticamente que ya no puede existir una compensación?

No necesariamente.

Y éste es precisamente uno de los temas que estamos enfrentando en el caso de nuestra clienta.

No basta con decir:

“Ella también trabajaba.”

Hay que ir más allá.

¿Cuánto ganaba?

¿Ese ingreso era permanente?

¿Quién cuidaba al hijo mientras ambos trabajaban?

¿Quién atendía principalmente la casa?

¿Quién faltaba al trabajo cuando el niño estaba enfermo?

¿Quién tenía mayor libertad de horario?

¿Los dos tuvieron realmente las mismas oportunidades para crecer económicamente?

Porque una persona puede trabajar fuera de casa y, al regresar, continuar trabajando dentro de ella.

Eso es lo que comúnmente conocemos como una doble jornada.

Y jurídicamente es importante analizarla.


Separación de bienes y compensación económica son cosas diferentes

Éste es el punto central.

Una cosa es decir:

“Nuestro matrimonio fue por separación de bienes.”

Y otra muy diferente:

“Durante nuestro matrimonio uno de nosotros sacrificó oportunidades económicas para encargarse principalmente de la familia.”

Las dos cosas pueden existir al mismo tiempo.

La separación de bienes determina la manera en que funciona el patrimonio de los esposos durante el matrimonio.

La compensación económica analiza otra cuestión: si la forma en que se distribuyeron las responsabilidades familiares produjo un desequilibrio económico al momento del divorcio.

Por eso la Primera Sala de la Suprema Corte ha establecido criterios relacionados precisamente con la compensación económica en matrimonios celebrados bajo el régimen de separación de bienes.

Esto rompe con una idea que todavía existe entre muchas personas:

“Como nos casamos por separación de bienes, jamás podrás reclamarme nada.”

No necesariamente.

Pero tampoco debemos irnos al extremo contrario.


Tampoco significa que automáticamente te corresponde el 50 %

Esto también debe quedar muy claro.

La compensación económica no significa que todos los bienes se dividan por mitad.

La Suprema Corte ha señalado expresamente que su finalidad no es simplemente igualar los patrimonios de los cónyuges.

Por eso no podemos decir:

“Mi esposo tiene un patrimonio de un millón de pesos, entonces automáticamente me corresponden quinientos mil.”

Ese razonamiento sería incorrecto.

Primero debe demostrarse que existió una dedicación importante al hogar o al cuidado de la familia y que esa situación tuvo consecuencias reales en las posibilidades económicas y patrimoniales de quien reclama la compensación.

Después deberá analizarse la situación concreta de ambos.

Y finalmente será el juez quien determine si procede la compensación y, en su caso, cuál debe ser su monto.


¿Qué tenemos que demostrar en un caso como éste?

Aquí está una de las partes más importantes para cualquier persona que esté pensando en reclamar una compensación económica.

No basta con decir “yo cuidaba la casa”.

Hay que probarlo.

En un juicio pueden ser importantes los testimonios de personas que conocieron la dinámica familiar, documentos relacionados con las actividades económicas de ambos, información sobre bienes, ingresos, negocios y cualquier otro elemento que permita reconstruir cómo funcionaba económicamente la familia.

También resulta importante saber qué patrimonio tenía cada persona, qué adquirió durante el matrimonio y cuáles eran realmente sus posibilidades económicas.

Por eso estos asuntos no deben plantearse únicamente desde el sentimiento de injusticia.

Hay que construirlos con hechos y pruebas.


Hay algo que me parece especialmente injusto y que el Derecho no debería ignorar

Pensemos en una persona que durante quince años se dedicó principalmente a su familia.

Al comenzar el matrimonio quizá ambos tenían poco.

Quince años después, uno tiene un negocio, vehículos, bienes, ahorros o una actividad profesional consolidada.

El otro tiene muy poco patrimonio a su nombre.

Si solamente miramos los documentos, podríamos pensar:

“Uno trabajó y construyó todo eso; el otro no.”

Pero quizá la realidad familiar fue completamente diferente.

Tal vez uno pudo trabajar doce horas diarias precisamente porque sabía que alguien más recogería a los hijos de la escuela.

Tal vez pudo viajar por trabajo porque otra persona se quedaba con ellos.

Tal vez nunca tuvo que cancelar una reunión porque su hijo estaba enfermo.

Tal vez pudo invertir tiempo en hacer crecer un negocio porque alguien más estaba invirtiendo ese mismo tiempo en mantener funcionando la familia.

Entonces aparece una pregunta que me parece fundamental:

¿Quién hizo posible que el otro tuviera ese tiempo?

Ahí comenzamos a entender el verdadero sentido de la compensación económica.


El caso de nuestra clienta todavía no está resuelto

También considero importante decir esto con absoluta claridad.

El caso que estoy utilizando como ejemplo actualmente se encuentra en litigio.

Nuestra clienta reclama una compensación económica y nosotros estamos defendiendo jurídicamente su procedencia.

La contraparte se opone.

Eso es normal dentro de un juicio.

Nosotros presentaremos nuestros argumentos y pruebas; la otra parte tendrá derecho a presentar los suyos, y finalmente será el Juzgado quien determine qué quedó demostrado.

Por esa razón, este artículo no pretende afirmar que nuestra clienta ya ganó una compensación económica.

Tampoco sería responsable prometerle a cualquier persona que, por haberse dedicado al hogar, automáticamente recibirá dinero después de divorciarse.

Cada matrimonio es diferente.

Cada historia familiar es diferente.

Y, sobre todo, cada caso debe probarse.


Entonces, si me casé por separación de bienes, ¿puedo pedir una compensación?

La respuesta correcta sería:

Depende de las circunstancias de tu matrimonio.

El simple hecho de haberte casado por separación de bienes no elimina automáticamente la posibilidad de reclamarla.

Pero tampoco el simple hecho de haberte dedicado al hogar significa que automáticamente te corresponde una cantidad determinada.

Hay que estudiar tu caso.

¿Cuántos años duró el matrimonio?

¿Tuvieron hijos?

¿Quién se encargó principalmente de ellos?

¿Ambos trabajaban?

¿Quién realizaba las labores del hogar?

¿Alguno dejó de trabajar o redujo sus oportunidades profesionales?

¿Qué patrimonio tenía cada uno al comenzar?

¿Qué patrimonio tienen ahora?

¿Existen bienes o derechos adquiridos durante el matrimonio?

Todas esas circunstancias pueden ser importantes.



Pareja sentada de espaldas en casa; en primer plano, casita de madera con familia y mazo judicial, ambiente tenso.

El caso de nuestra clienta me ha permitido volver sobre una realidad que durante muchos años fue tratada como si fuera normal:

el trabajo dentro del hogar suele hacerse visible solamente cuando deja de hacerse.

Mientras alguien prepara la comida, cuida a los hijos, limpia, organiza la casa, atiende enfermedades y resuelve las necesidades diarias de la familia, pocas veces nos preguntamos cuánto vale ese tiempo.

Pero cuando llega un divorcio, la diferencia puede hacerse evidente.

Uno de los cónyuges puede salir del matrimonio con años de experiencia profesional, un negocio consolidado, bienes o ahorros.

El otro puede salir con años de experiencia cuidando una familia, pero con menores oportunidades de haber construido un patrimonio propio.

Eso no significa automáticamente que exista una compensación.

Pero sí significa que esa realidad merece ser analizada.

Por eso, si estás atravesando un divorcio y te casaste por separación de bienes, no partas automáticamente de la idea de que:

“Como nada está a mi nombre, no tengo ningún derecho.”

Primero hay que estudiar cómo se desarrolló realmente el matrimonio.

Porque separación de bienes y compensación económica no son lo mismo.

Y porque, aunque durante años no aparezca en recibos, escrituras o estados de cuenta, el trabajo dedicado al hogar y al cuidado de una familia también tiene valor.

1 comentario


Ignacia
hace 3 días

y que pasa cuando no me entere que e divorciaron

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